Así lo dispuso el Gobierno Nacional mediante el Decreto 1024/2024 , firmado por el presidente Javier Mile y publicado en el Boletín Oficial.
Este miércoles se conoció el Decreto 1024/2024 , firmado por el presidente Javier Milei, regula la comercialización de medicamentos de venta libre, permitiendo su exhibición en góndolas de farmacias habilitadas, siempre que conserven sus propiedades fisicoquímicas.
Estos medicamentos deben estar en cajas cerradas, incluir su prospecto y venderse exclusivamente a mayores de 18 años, verificando la edad mediante el DNI.
En establecimientos no habilitados como farmacias, solo podrán venderse antiácidos y analgésicos, aunque la autoridad sanitaria podrá ampliar el listado.
Los medicamentos bajo receta seguirán vendiéndose únicamente en farmacias, en presencia de un farmacéutico. Además, se autoriza la venta electrónica con entrega segura al domicilio del paciente.
El decreto también permite que las farmacias comercialicen productos de higiene, estética y desinfectantes, bajo supervisión sanitaria. Busca garantizar el acceso a medicamentos con información clara, respetando los derechos de los consumidores establecidos en la Constitución Nacional.
La medida busca optimizar la comercialización de medicamentos, garantizar la conservación de sus propiedades y fomentar la libertad de elección del consumidor sin comprometer su derecho a la salud.
Además establece un marco para la modernización de los servicios farmacéuticos, como la venta en línea y la diversificación de productos disponibles en farmacias.
La implementación de estas disposiciones dependerá de la supervisión y regulación por parte de la ANMAT y las autoridades sanitarias correspondientes.