los siete ministros de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza quedaron habilitados para firmar sentencias y resoluciones administrativas de manera digital y sin necesidad de concurrir presencialmente a la sede de Tribunales.
La medida fue formalizada mediante la Acordada 32814 y comenzó a regir tras su publicación en el Boletín Oficial.
Con este nuevo esquema, los magistrados podrán suscribir documentos desde cualquier ubicación, en cualquier horario y sin distinción de días hábiles, feriados o fines de semana, siempre que los expedientes hayan sido formalmente llamados a acuerdo. Asimismo, la normativa elimina la obligación de que todos los integrantes del tribunal firmen el documento de forma simultánea, ya que cada rúbrica digital incorporará un registro temporal que certificará el momento exacto en que fue emitida.
Hasta la implementación de esta norma, el sistema judicial mendocino arrastraba una contradicción operativa: aunque la tramitación de los expedientes era mayoritariamente electrónica, el tramo final de las decisiones exigía la impresión y la firma manuscrita sobre papel. La nueva disposición busca erradicar gradualmente ese paso presencial, manteniendo la exigencia del formato físico únicamente para excepciones puntuales, como ciertos libramientos de cheques o resoluciones específicas de la Presidencia.
El procedimiento se dará por concluido cuando el secretario judicial —o su reemplazante legal— suscriba el documento tras reunirse los votos correspondientes, certificando así la validez del acto con fecha y hora de cierre.
Por último, el reglamento establece precisiones para casos específicos: los jueces que se encuentren de licencia solo podrán firmar digitalmente si la misma responde a una misión oficial, mientras que los secretarios judiciales quedan autorizados a utilizar la firma digital durante cualquier horario en días hábiles.