Un especialista en derecho detalló los pasos fundamentales para iniciar demandas contra el Estado o los municipios tras sufrir un accidente por pozos en la calzada.
Resaltan la importancia de recolectar evidencias de inmediato para garantizar el éxito del reclamo.
Los daños en vehículos provocados por el mal estado de las calles y rutas son una problemática recurrente para los conductores. En este contexto, el abogado especialista Augusto Mantineo explicó en declaraciones a Radio Nihuil cuáles son los requisitos esenciales y el procedimiento legal para lograr un resarcimiento económico favorable ante la Justicia.
El letrado recordó que existe un plazo legal de tres años para presentar la demanda por los perjuicios ocasionados, pero enfatizó que la clave del éxito del proceso radica en las acciones que el damnificado realiza de manera inmediata tras el siniestro.
Para construir un reclamo sólido, Mantineo subrayó la importancia de reunir elementos probatorios en el lugar exacto donde ocurrió el incidente:
Fotografías y videos: Registrar de inmediato imágenes nítidas del bache o pozo en la calzada, del daño sufrido por el vehículo y del entorno vial donde se produjo el evento.
Testigos oculares: Contar con el testimonio de personas que hayan presenciado el momento del impacto o vecinos de la zona que puedan dar fe del estado del camino.
Intervención oficial: Solicitar la presencia y constatación inmediata de personal policial o de la guardia de Tránsito municipal en el lugar del hecho para redactar el acta correspondiente.
El especialista aclaró que la responsabilidad jurídica varía según el tipo de arteria en la que se haya producido el accidente:
Zonas urbanas y calles municipales: La demanda (tanto administrativa como civil) debe ser dirigida al municipio correspondiente.
Rutas provinciales y caminos locales: La responsabilidad recae sobre la Dirección Provincial de Vialidad.
Corredores internacionales y rutas nacionales: Las presentaciones deben canalizarse hacia Vialidad Nacional.
Con las pruebas adecuadas y la determinación precisa del organismo responsable, los conductores afectados pueden iniciar el trámite administrativo o la acción civil correspondiente dentro del lapso fijado por la ley.