Elecciones: quienes pueden votar y que hacer si faltan boletas

Mañana elecciones generales nacionales, quienes no votaron en las PASO, pueden votar sin hacer algún trámite previo.

Este domingo 22 de octubre son las Elecciones Generales a lo largo y ancho del país, a continuación datos importantes para tener en cuenta.

¿Quiénes pueden votar?

Todas las personas mayores de 16 años y es obligatorio entre los 18 y los 70.

Quien no voto en las P.A.S.O. pueden (y deben) votar en estas Elecciones Generales.

¿Qué vamos a votar?

  • Presidente/a y vicepresidente/a
  • 19 parlamentarios/as del Mercosur por distrito nacional
  • 24 parlamentarios/as del Mercosur por distrito regional
  • 130 diputados/as nacionales en todo el país
  • 24 senadores/as nacionales en 8 provincias

¿A qué hora y dónde se vota?

Entre las 8 de la mañana y las 6 de la tarde. Se puede consultar escuela y mesa en la que votás en el padrón: https://www.padron.gob.ar/ o en la App Mi Argentina.

El transporte público será gratuito durante el horario de la votación

¿Qué hay que llevar?

El DNI físico que figura en el padrón o una versión posterior. No sirven las versiones digitales.

¿Que hacer si faltan boletas?

  • Si al ingresar al cuarto oscuro, el votante no encuentra alguna de las boletas debe avisar al presidente de mesa.
  • Al salir de cuarto oscuro, el elector debe avisar que “faltan boletas”, sin mencionar candidato ni espacio político.
  • Luego, la autoridad de mesa tendrá que solicitarle a todos los fiscales partidarios que revisen y repongan las boletas faltantes.
  • Es muy importante que no se revele cuál es la boleta que falta (no se puede mencionar el candidato ni la fuerza política) porque en caso de hacerlo, puede considerarse «voto cantado» y entonces quedar impugnado.

En caso de no encontrar solución para el elector, deberá habilitarse un Cuarto Oscuro Complementario o de Contingencia (COC) para que la persona pueda ejercer su derecho a votar.

El mismo estará a cargo de un delegado de la Justicia Nacional Electoral (JNE) que deberá disponer ejemplares de boletas de todas las agrupaciones y listas.