Será para aquellas personas que ya han tenido más de dos renovaciones de CUD y los mayores de 65 años.
Luego de la publicación de la Resolución 1654/2024 en el Boletín Oficial, el gobierno nacional estableció los nuevos criterios para emitir el Certificado Único de Discapacidad (CUD), sin vencimiento el artículo 3 de la Ley 22431 establece que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) certificará, en cada caso, la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como la orientación prestacional pertinente, se pretende respetar además, su autonomía e integridad, fomentar la inclusión y el respeto por los derechos de las personas con discapacidad, de modo tal que el documento se otorgará sin plazo temporal.
Georgina Cicchitti, directora de Atención a Personas con Discapacidad de Mendoza, sostuvo: “tiene tres instancias fundamentales. Una es que, al momento de la evaluación de la Junta Evaluadora de Discapacidad, aquellas personas que ya tienen el CUD emitido en dos oportunidades anteriores y que sus condiciones de vida sean estables, van a poder acceder al que no tenga vencimiento. Otra es que personas mayores de 65 años, al momento de la evaluación, puedan optar por el certificado sin vencimiento. Y el tercer perfil de personas que podrán acceder son aquellas que requieran un dispositivo permanente para su vida”.
La funcionario destacó que las discapacidades pueden variar en cuanto a su funcionamiento a lo largo de la vida. Esto es importante que quede reflejado en el CUD. Y, en caso de agravarse, la persona puede acercarse a la junta evaluadora del departamento en el cual que reside, con turno y los estudios pertinentes. Así, se le ampliarán las prestaciones y cada obra social deberá hacerse cargo”.
Y agregó: “En breve, el Ministerio de Salud y Deportes abrirá juntas evaluadoras que lleguen a sitios alejados y complementen las juntas evaluadoras de los municipios”.