ANSES: la Ayuda Escolar Anual será de 70 mil pesos ¿Quiénes la cobrarán?

Desde el organismo nacional informaron que el pago de Ayuda Escolar Anual partir de marzo será de $70.000.

La ANSES confirmó que este año la Ayuda Escolar Anual será de $70.000 por hijo, esta destinado a quienes ya perciban Asignación familiar o Asignación Universal por Hijo, quedando excluidos quienes no sean beneficiarios de las mismas (por ej.: empleados públicos provinciales). Ante una catarata de consultas sobre como reclamar este pago desde el organismo aclararon a quien esta dirigido el pago.

Requisitos para percibir la Ayuda Escolar Anual:

  • Ser trabajador o trabajadora en relación de dependencia o titular de una prestación de una
    Aseguradora de Riesgos del Trabajo de empresas incorporadas al régimen de Asignaciones
    Familiares o trabajador o trabajadora monotributista o titular de una Prestación por
    Desempleo, titular de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino o
    de una Pensión Honorífica de Veteranas y Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o titular de la
    Asignación Universal por Hija e Hijo para Protección Social (AUH).
  • Tener derecho al cobro de la Asignación Familiar por Hijo/Hija o por Hijo/Hija con Discapacidad
    o a la Asignación Universal por Hijo/Hija y/o Hijo/Hija con Discapacidad para Protección
    Social, al menos en un mes, entre los meses de enero a diciembre de cada año. En el caso de
    los trabajadores o trabajadoras monotributistas de las categorías I, J y K sólo corresponde
    el cobro de la asignación por ayuda escolar si percibieron, al menos una vez en el año, la
    Asignación por Hijo/Hija con discapacidad

Los hijos/as deben concurrir a establecimientos nacionales, provinciales, municipales o privados
(subvencionados o no), que se encuentren incorporados a la enseñanza oficial, que estén
reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial, en los cuales
se imparta:

  • Educación Inicial (desde los 45 días de vida hasta los 5 años de edad),
  • Educación Primaria o Educación General Básica (EGB),
  • Educación Secundaria o Polimodal,
  • Educación Diferencial o Especial en establecimientos públicos o privados.

En el caso de los hijos/as con discapacidad deben contar con autorización expresa de ANSES vigente, y:

  • concurrir a los establecimientos y niveles detallados en “DEL HIJO/HIJA”.
  • recibir Educación Diferencial o Especial impartida por maestros o maestras particulares que
    posean matrícula o registro/legajo habilitante,
  • concurrir a Talleres Protegidos o Instituciones de Formación Laboral que ayuden al desarrollo
    e inserción de la persona con discapacidad.
  • recibir rehabilitación en establecimientos oficiales o privados

El pago es automático en el mes de marzo y para quienes es el primer cobro deberán acreditar la escolaridad de los hijos/as con el Formulario PS.2.68 “Acreditación de Escolaridad/ Escolaridad Especial/ Formación” y para quienes cobren la Asignación Universal por hijo deben acreditarlo con el Formulario P.S. 1.47 “Asignación Universal – Acreditación de datos de salud, vacunación y educación” o “Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación” o con el Rubro “Educación” debidamente cumplimentada/o.